Nuevos beneficios fiscales para los alquileres de vivienda
Con el objetivo de fomentar la oferta habitacional, se dispuso una exención que libera a los propietarios de inmuebles destinados a vivienda del pago del Impuesto a las Ganancias por los ingresos generados por sus alquileres.
Esta medida establece que los contribuyentes que tengan hasta dos inmuebles en alquiler no deberán tributar este gravamen por dicha actividad, siempre que los contratos estén registrados ante la autoridad fiscal. El beneficio alcanza tanto a quienes se desempeñan bajo el régimen de monotributo como a los responsables inscriptos, simplificando la carga impositiva para los pequeños locadores. Además, la normativa contempla que los ingresos derivados de estos arrendamientos no se computen para el límite de facturación del monotributo, evitando que los propietarios cambien de categoría o queden excluidos del régimen simplificado por el cobro de la renta.
Junto a la eliminación de Ganancias, la disposición incorpora otras ventajas económicas como la exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales para las propiedades que se encuentren alquiladas con destino habitacional. Asimismo, se eliminan los impuestos a los débitos y créditos bancarios para las cuentas destinadas exclusivamente al cobro de estos servicios. Para acceder a estos alivios financieros, es requisito fundamental que los contratos de locación se encuentren debidamente informados en el registro oficial, buscando así formalizar el sector y reducir los costos que anteriormente se trasladaban al precio final del alquiler.

